Fototeca Universitaria UABCS
La Fototeca Universitaria es un proyecto institucional que surge de la coordinación de la Dirección de Desarrollo Bibliotecario, la Dirección de Difusión Cultural y Extensión Universitaria, del Departamento de Archivo Universitario y con el acompañamiento de la Oficina del Abogado General, con la intención de tener un respaldo gráfico del acontecer universitario que incluye las actividades directivo-administrativas, académicas, deportivas, artísticas y culturales llevadas a cabo en la Universidad Autónoma de Baja California Sur (UABCS).
La Fototeca Universitaria ubicada en la Biblioteca Central Dr. Rubén Cardoza Macías organiza y resguarda la memoria histórica de la institución desde sus inicios en 1976, con el objetivo de brindar a la comunidad universitaria y sociedad sudcaliforniana el acceso y consulta de los materiales histórico-fotográficos resguardados.
El presente reglamento tiene por objeto establecer los lineamientos para el acceso, consulta, uso, reproducción y difusión del acervo de la Fototeca Universitaria, garantizando su preservación, uso responsable y respeto al marco legal vigente.
Las disposiciones de este reglamento son de observancia obligatoria para todas las personas usuarias, internas y externas, que accedan a los servicios de la Fototeca Universitaria.
La Fototeca se rige por la legislación nacional aplicable en materia de derechos de autor, protección de datos personales, derecho a la imagen y patrimonio documental, así como por la normativa universitaria vigente.
El acervo de la Fototeca Universitaria está integrado por fotografías en formato físico y digital, producidas por la UABCS o por terceros y que han sido donadas a la institución con su respectivo reconocimiento, que poseen valor histórico, académico, cultural, social o documental.
La Dirección de Desarrollo Bibliotecario implementará medidas técnicas y archivísticas para la conservación, preservación y digitalización del acervo, priorizando su integridad y acceso a largo plazo.
El uso de las imágenes deberá respetar en todo momento los derechos morales y patrimoniales de las y los autores, bajo lo establecido en la Ley Federal del Derecho de Autor, particularmente en sus artículos 11 y 13. La consulta del acervo no implica cesión de derechos.
Las imágenes en dominio público o bajo licencias específicas podrán utilizarse conforme a las condiciones legales que correspondan, las cuales serán claramente indicadas por las dependencias responsables de la Fototeca Universitaria.
Cuando las imágenes contengan personas identificables, su uso estará sujeto a las disposiciones legales aplicables en materia de derecho a la imagen y protección de datos personales de acuerdo con lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 6° y 16°) y en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
El acceso a la Fototeca podrá realizarse de manera presencial o digital, conforme a los lineamientos establecidos por la Dirección de Desarrollo Bibliotecario.
La consulta del acervo tiene fines académicos, de investigación, culturales y de difusión institucional, salvo autorización expresa para otros usos.
La reproducción total o parcial de las imágenes requerirá autorización previa, salvo en los casos permitidos por la ley.
Toda reproducción o difusión deberá incluir el crédito correspondiente a la autoría y a la Fototeca Universitaria de la UABCS.
Se permiten usos académicos, educativos, culturales y de investigación, siempre que no exista lucro y se respeten las condiciones establecidas en este reglamento.
Queda prohibido el uso comercial, la modificación no autorizada o la difusión que vulnere derechos de autor, de imagen o de terceros.
Las personas usuarias se comprometen a utilizar el material de forma ética, legal y responsable, asumiendo la responsabilidad por el uso indebido de las imágenes.
Los casos no contemplados en el presente reglamento serán resueltos por las dependencias universitarias responsables conforme a la normativa universitaria y la legislación vigente.
El presente reglamento entrará en vigor a partir de su aprobación por la autoridad universitaria competente el día XXX de XXX de 2026.